Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 33

En vigor desde 1 ene 2021
1. El Presupuesto será único e incluirá la totalidad de los gastos e ingresos de la Junta de Andalucía y demás entidades referidas en el artículo 31. 2. El Presupuesto contendrá: a) Los estados de gastos de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial, en los que se incluirán con la debida especificación los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones. b) Los estados de ingresos de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial, en los que figuren las estimaciones de los distintos derechos económicos que se prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio. c) Los estados de gastos e ingresos de las agencias públicas empresariales que conforme a sus Estatutos sean de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. d) Los estados de gastos e ingresos de sus instituciones. e) Los estados de gastos e ingresos de los consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía. f) Los presupuestos de explotación y de capital de las restantes agencias públicas empresariales y de las sociedades mercantiles del sector público andaluz. g) Los presupuestos de explotación y de capital de las fundaciones y demás entidades referidas en el artículo 5.3. h) Los presupuestos de los fondos carentes de personalidad jurídica definidos en el artículo 5.5, determinándose expresamente las operaciones financieras. Se modifica el apartado 2.f) por la disposición final 1.4 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-797 Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.7 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2019-12122 Esta modificación entra en vigor el 1 de enero de 2020, según determina la disposición final 21 de la citada ley. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.7 de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2017-658 . Se modifica el apartado 2.d) por la disposición final 1.2 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-360 . Se modifican los apartados 2.e), f) y g) por la disposición final 2.2 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-592 .

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eli/es-an/dlg/2010/03/02/1#art-33

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