Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Los derechos de superficie

Art. 82

En vigor desde 10 jun 2010
La concesión del derecho de superficie por la Administración y demás personas públicas y su constitución por los particulares gozará de los beneficios derivados de la legislación de viviendas de protección pública, siempre que se cumplan los requisitos en ella establecidos.

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DOCM-q-2010-90043#art-82

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