Capítulo CAPITULO I

Art. 3

En vigor desde 4 oct 2007
Los Impuestos Medioambientales son tributos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, de naturaleza real, carácter afectado y finalidad extrafiscal.

Tus anotaciones

Pro

BOA-d-2007-90039#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil