Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 61

En vigor desde 29 dic 2011
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los servicios relativos a las autorizaciones para la celebración de negocios jurídicos cuyo objeto sea una licencia de comunicación audiovisual. Se modifica por el de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-967 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOPV núm. 149 de 6 de agosto de 2009. Ref. BOPV-p-2009-90282

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BOPV-p-2007-90050#art-61

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