Título GRUPO 9›Capítulo T965
Art. 1
En vigor desde 1 ene 2013
Constituye hecho imponible de esta tasa la inscripción y realización por la consejería competente en materia de Educación de la prueba de conjunto para la homologación de los entrenadores nacionales y regionales de fútbol y fútbol sala con los títulos de los Técnicos Deportivos.
Se añade por el .18 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-1-83