Título GRUPO 7Capítulo T751

Art. 1

En vigor desde 1 ene 2011
Constituye el hecho imponible la realización de análisis organolépticos del aceite de oliva virgen y los informes técnicos correspondientes en el Panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen de la Región de Murcia. Se añade por el .12 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-10362

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BORM-s-2004-90027#art-1-56

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