Título GRUPO 6Capítulo T640

Art. 1

En vigor desde 28 dic 2004
El hecho imponible está constituido por las actuaciones administrativas en relación con las inspecciones técnicas, obligatorias o reglamentarias, de vehículos de cualquier tipo, incluidas las periódicas, no periódicas y especiales; el levantamiento de actas de destrucción del número de bastidor y/o retroquelado del mismo y la expedición de documentos relativos a vehículos.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-1-43

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil