Art. 1
Título GRUPO 6Capítulo T640

Art. 1

282 / 508
En vigor desde 28 dic 2004
El hecho imponible está constituido por las actuaciones administrativas en relación con las inspecciones técnicas, obligatorias o reglamentarias, de vehículos de cualquier tipo, incluidas las periódicas, no periódicas y especiales; el levantamiento de actas de destrucción del número de bastidor y/o retroquelado del mismo y la expedición de documentos relativos a vehículos.

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Pro

BORM-s-2004-90027#art-1-43