Capítulo CAPÍTULO X

Art. 40

En vigor desde 23 oct 2021
1. Con objeto de unificar las tarifas de la presente tasa, el Departamento competente en la materia fijará el valor del coste de plantación para todas las diferentes especies y en las distintas comarcas y, en general, la cantidad que sirva de base para el cálculo de honorarios facultativos en los distintos casos. Asimismo, se incluirán todos los gastos materiales necesarios para la prestación del servicio, exceptuando los que hacen referencia a señalamientos y comprobaciones de cupos de materias primas y los módulos por plantaciones de frutales y arranque de plantaciones y cuantos servicios para los que se señalen fórmulas o porcentajes en los que se incluyan dichos gastos. 2. La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas: Tarifa 01. Por inspección fitosanitaria periódica a viveros y establecimientos de horticultura, arboricultura, fruticultura y jardinería; de campos y cosechas a instancia de parte; de equipos e instalaciones para tratamientos fitosanitarios, incluida cuando se precise la aprobación de sus tarifas y por inspección fitosanitaria y de calidad para el comercio interior, en origen o destino, de productos del agro o para el agro (agrícolas, ganaderas, abonos, semillas, material agrícola variedades, marcas y denominación de origen) se liquidará a razón de 19 euros por inspección 0,150 por ciento del valor normal de la producción bruta de un año o del valor normal de la mercancía, y en el caso de equipos o instalaciones el 0,525 por ciento del capital invertido. Tarifa 02 . Por inspección facultativa de tratamientos fitosanitarios y redacción del oportuno informe, 31,80 euros por informe. Tarifa 03. Por ensayos realizados por el Departamento de Agricultura de productos o especialidades fitosanitarias y enológicas, así como los que preceptivamente han de efectuarse para la inscripción de variedades de plantas, que se realicen a petición del interesado, incluidas la redacción de dictamen facultativo, censura de la propaganda y los derechos de la inscripción en el Registro correspondiente, para los análisis de los productos fitosanitarios y enológicos, y en todos los casos hasta un máximo de 54 euros. Tarifa 04. Por inscripción de maquinaria agrícola en los Registros oficiales: 1. Inscripción: Maquinaria nueva: Tractores y máquinas automotrices: 50 euros. Motocultores: 15 euros. Remolques, cisternas y maquinaria arrastrada de más de 750 kg. de MMA: 30 euros. Maquinaria usada: Se aplica la tasa correspondiente a la maquinaria nueva. 2. Por transferencia o cambio de titularidad: El 60% de la tasa correspondiente a la maquinaria nueva. 3. Por certificados, bajas y duplicados: El 40% de la tasa correspondiente a la maquinaria nueva. Tarifa 05. Por tramitación de solicitud de autorización y renovación de acondicionadores de grano para siembra se liquidará: Por autorización: 19 euros. Por renovación: 16 euros. Tarifa 06. Por las determinaciones analíticas: 1. Análisis físico-químicos, por grupos de parámetros indicados para materias específicas. La tasa incluye todos los parámetros que se indican en cada caso. 1.1 Aceitunas: 1.1.1 Rendimiento graso NIR (incluye % grasa smn, % humedad, % grasa sms): 10,50 euros/muestra. 1.1.2 Rendimiento graso Abencor (incluye obtención de aceite para otros análisis posteriores y cálculo del rendimiento graso): 13 euros/muestra. 1.2 Aceites: 1.2.1 Calidad aceite de oliva virgen [acidez, peróxidos y coeficientes de absorción ultravioleta (K270, K232, ΔK)]: 34,5 euros/muestra. 1.2.2 Calidad aceite de oliva virgen extra [acidez, peróxidos, coeficientes de absorción ultravioleta (K270, K232, ΔK) y ésteres]: 58 euros/muestra. 1.2.3 Calidad aceite de oliva virgen + ácidos grasos [acidez, índice de peróxidos, coeficientes de absorción ultravioleta (K270, K232, ΔK), composición ácidos grasos individual, isómeros trans y composición nutricional de ácidos grasos]: 58 euros/muestra. 1.2.4 Calidad aceite de oliva virgen extra + ácidos grasos [acidez, índice de peróxidos, coeficientes de absorción en el ultravioleta (K270, K232, ΔK), composición ácidos grasos individual, isómeros trans y composición nutricional de ácidos grasos]: 80 euros/muestra. 1.2.5 Composición esteroles [esteroles totales, esteroles individuales y alcoholes triterpénicos (eritrodiol+uvaol)]: 42 euros/muestra. En el caso de que se soliciten otras determinaciones, además de alguno de estos perfiles, se sumará la tasa indicada por determinación hasta un máximo de 90 euros/muestra. 1.3 Aguas de riego: 1.3.1 Calidad para riego (C.E. bicarbonatos, cloruros, sulfatos, nitratos, calcio, magnesio, sodio, potasio, pH, pH calculado, SAR, dureza, índice Langlier): 45 euros/muestra. 1.3.2 Otros nutrientes (amonio, fosfatos y potasio): 9 euros/muestra. 1.3.3 Microelementos (hierro, cobre, manganeso y cinc): 13 euros/muestra. 1.4 Material fertilizante: 1.4.1 Mineral (nitrógeno total, fósforo soluble al agua y citrato amónico, y potasio soluble): 31,50 euros/muestra. 1.4.2 Orgánico (humedad, materia orgánica, nitrógeno, fósforo y potasio totales): 58 euros/muestra. 1.4.3 Secundarios (calcio, magnesio, sodio): 30 euros/muestra. 1.4.4 Microelementos (hierro, cobre, manganeso y cinc): 30 euros/muestra. 1.4.5 Húmicos (extracto húmico total, ácidos húmicos, ácidos fúlvicos): 13 euros/muestra. 1.4.6 Orgánico completo (orgánico, secundarios, microelementos, húmicos): 90 euros/muestra. 1.5 Material vegetal: 1.5.1 Macroelementos (nitrógeno, fósforo, potasio, calcio, magnesio, sodio): 30 euros/muestra. 1.5.2 Microelementos (hierro, cobre, manganeso y cinc): 30 euros/muestra. 1.5.3 Completo (macroelementos, microelementos): 54 euros/muestra. 1.6 Pesticidas: 1.6.1 Análisis de residuos de pesticidas que requieren métodos específicos (ditiocarbamatos, clorato-perclorato, grupo del glifosato y similares): 30 euros/muestra. 1.6.2 Identificación y/o cuantificación de multirresiduos de pesticidas por cromatografía de gases o de líquidos, con detector de masas de triple cuadrupolo. 1.6.3 Si se requiere una única técnica: 54 euros/muestra. 1.6.4 Si se requieren dos: 79 euros/muestra. 1.7 Suelos: 1.7.1 Fertilidad [pH, prueba previa de salinidad, materia orgánica oxidable, fósforo (Olsen), potasio y magnesio asimilables]: 36 euros/muestra. 1.7.2 Textura [arena total, limo grueso, limo fino y arcilla (USDA)]: 13 euros/muestra. 1.7.3 Salinidad. En extracto de pasta saturada [C.E., Porcentaje de saturación, Cationes solubles (Ca, Mg, Na, K)]: 33,50 euros/muestra. 1.7.4 Nitratos [nitrógeno mineral en forma de nitratos (N-NO3-)]: 13 euros/muestra. 1.7.5 Carbonatos (carbonatos y caliza activa): 21,50 euros/muestra. 1.7.6 Microelementos (hierro, cobre, manganeso y cinc): 13 euros/muestra. 1.7.7 Retención de humedad (puntos de marchitez, 15 atm, y de capacidad de campo, 0,33 atm): 21,50 euros/muestra. 1.7.8 CIC (capacidad de intercambio de cationes): 13 euros/muestra. 1.7.9 Plantación de trufa (pH, materia orgánica oxidable, N total, textura, carbonatos): 45 euros/muestra. 1.7.10 Plantación frutal (fertilidad, textura, carbonatos): 63 euros/muestra. 1.7.11 Caracterización completa. Todos los grupos: 90 euros/muestra. 1.8 Vinos: 1.8.1 Exportación (los parámetros a determinar serán los establecidos por el país del destino): 29 euros/muestra. 1.8.2 Calificación (densidad relativa, grado alcohólico adquirido, extracto seco total, acidez total, acidez volátil, pH, anhídrido sulfuroso libre, anhídrido sulfuroso total y azúcares reductores): 25 euros/muestra. 2. Resto de análisis físico-químicos: Las tasas que a continuación se señalan se aplicarán por muestra y método. 2.1 Análisis cualitativos sencillos o medidas directas rápidas con instrumental sencillo: 4,50 euros. 2.2 Identificación y/o cuantificación de sustancias mediante análisis clásicos (valoraciones, gravimetrías, etc.): 11 euros. 2.3 Identificación y/o cuantificación de sustancias mediante alguna de las técnicas siguientes: espectrofotometría UV-VIS, de emisión de llama, de absorción atómica, Kjeldahl o similares: 13 euros. 2.4 Identificación y/o cuantificación de sustancias mediante alguna de las técnicas siguientes: cromatografía de gases, cromatografía líquida de alta resolución, ICP, microscopía o similares: 30 euros. Si sobre una misma muestra se aplica más de un método, se sumarán los importes de los mismos. Se establece una tasa máxima por muestra de 90 euros. 3. Análisis microbiológicos: 3.1 Identificación bacteriana: 17 euros/muestra. 3.2 Análisis bacteriológicos, estudio de inhibidores: 22,50 euros/muestra. 3.3 Análisis bacteriológicos, estudio de Salmonella : 22,50 euros/muestra. 3.4 Análisis bacteriológicos, antibiograma: 9 euros/muestra. 4. Análisis parasitológicos: 7 euros/muestra. 5. Análisis histológicos: 7 euros/muestra. 6. Análisis serológicos: 6.1 Seroaglutinación: 0,50 euros/muestra. 6.2 Fijación del complemento: 1,50 euros/muestra. 6.3 Enzimoinmunoensayo (ELISA): 3 euros/muestra. 6.4 Gel difusión: 0,50 euros/muestra. 7. Análisis de biología molecular, PCR-RT: 12,50 euros/muestra. 3. Las inspecciones obligatorias por disposición legal o reglamentaria realizadas por personal facultativo agronómico que deban efectuarse excepcionalmente fuera de la jornada normal, la tarifa aplicable se incrementará en un cincuenta por ciento. Se modifican las tarifas 06 y 07 que quedan refundidas en la 06 por el .4 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727 Se modifica la tarifa 04 por el de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424

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BOA-d-2004-90019#art-40

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