Capítulo CAPÍTULO LIV

Art. 252

En vigor desde 23 oct 2021
El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud de inscripción en las pruebas, siendo necesario el previo pago de la tasa, mediante autoliquidación del sujeto pasivo, para la tramitación de la solicitud. Se añade por el .30 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727

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BOA-d-2004-90019#art-252

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