Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO LXVIII
Art. 350
En vigor desde 30 oct 2002
Está exenta del pago de la tasa la realización de las siguientes actuaciones administrativas:
1. La emisión de certificados académicos y administrativos relativos a las enseñanzas de régimen general y régimen especial.
2. La emisión de certificados sobre la concesión de subvenciones a las asociaciones deportivas a las que se refiere el artículo 25 de la Ley 15/1998, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
3. La emisión de certificados académicos y administrativos solicitados por las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, que sean expedidos en el ámbito de la Administración Educativa.
4. La emisión de certificaciones sobre datos que obren en el Registro de Títulos Académicos y Profesionales, en el Registro de Formación Permanente del Profesorado y en el Registro de Centros Docentes.
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-350