Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO LVII
Art. 284
En vigor desde 30 oct 2002
Son sujetos pasivos de la tasa las sociedades científicas, grupos de estudio, investigadores, laboratorios farmacéuticos y, en general, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que soliciten la evaluación de proyectos de investigación clínica por el CEIC-R.
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Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-284