Art. 284
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO LVII

Art. 284

288 / 565
En vigor desde 30 oct 2002
Son sujetos pasivos de la tasa las sociedades científicas, grupos de estudio, investigadores, laboratorios farmacéuticos y, en general, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que soliciten la evaluación de proyectos de investigación clínica por el CEIC-R.
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