Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XVIII

Art. 121

En vigor desde 30 oct 2002
Constituye el hecho imponible de la tasa la ocupación temporal de parcelas de la finca El Encín para la instalación de explotaciones para el cultivo de flor cortada y planta ornamental.
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eli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-121

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