Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 30 nov 2002
La actividad de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha se regula: a) Por esta Ley y las normas dictadas en su desarrollo. b) Por las leyes especiales en la materia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. c) Por las leyes anuales de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para cada ejercicio y durante su vigencia. d) Por la legislación general del Estado en la materia, que resulte aplicable de acuerdo con la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. e) Supletoriamente por las restantes normas del Derecho público y, en su defecto, por las del Derecho privado.

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DOCM-q-2002-90021#art-3

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