Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 20
En vigor desde 13 may 2001
1. Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma determinarán las plantillas presupuestarias o relación de plazas dotadas que correspondan a cada uno de los Grupos, Cuerpos y Escalas de funcionarios, y Categorías de personal laboral con expresión de su adscripción orgánica.
2. Corresponde al Consejero competente en materia de Hacienda, la elaboración de las plantillas presupuestarias en función de la relación de puestos de trabajo y de acuerdo con las directrices de la política presupuestaria.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2001-90004#art-20