Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Reglas para la aplicación de las sanciones

Art. 193

En vigor desde 15 may 2000
Las multas que se impongan a los distintos responsables de una misma infracción tienen entre sí carácter independiente.

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BOC-j-2000-90006#art-193

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