Título TÍTULO 1Capítulo CAPÍTULO 1

Art. 11

En vigor desde 8 ago 2000
Las entidades no deportivas que están legalmente constituidas y que entre sus actividades incluyen el fomento y práctica de la actividad física y el deporte sin afán de lucro pueden disfrutar de los derechos y beneficios deportivos que disponen las normas reglamentarias aplicables.

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2000-90007#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil