Libro ANEXO›Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria novena
En vigor desde 1 ene 2020
Las prestaciones por maternidad y paternidad percibidas en 2019, hasta la entrada en vigor del Real Decreto ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, quedan equiparadas a las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor a que se refiere el artículo 68 quater de esta ley foral, a efectos de la aplicación de la deducción regulada en dicho artículo.
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2019, por el .30 de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-450
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ProBON-n-2008-90013#disposicion-transitoria-novena