Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional vigésima
En vigor desde 1 ene 2013
El derecho a solicitar de las Administraciones Públicas de Navarra el reconocimiento o liquidación de cualquier obligación de contenido económico derivada de la relación funcionarial o contractual en régimen administrativo prescribirá en el plazo de cuatro años.
Se modifica por la disposición adicional de la Ley Foral 25/2012, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-505 Se añade por la disposición adicional 1.4 de la Ley Foral 22/2010, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-3430
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ProBON-n-1993-90004#disposicion-adicional-vigesima