Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 14 jun 2023
El Gobierno de Navarra establecerá los instrumentos adecuados a fin de premiar la práctica del mecenazgo, ayudando a la revalorización social de estas acciones, prestigiando y dando visibilidad a estas iniciativas y reconociendo públicamente la labor filantrópica de las personas físicas o jurídicas que a través del mecenazgo favorezcan la cultura. El Gobierno de Navarra, en todo caso, garantizará el anonimato de aquellas personas o entidades que no deseen hacer pública su condición de mecenas.
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eli/es-nc/dflg/2023/05/24/2#disposicion-adicional-sexta

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