Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 51
DerogadoEn vigor desde 23 abr 1975
En los parques de almacenamiento de aire libre de materiales a granel se tomarán las medidas adecuadas para evitar que la acción del viento pueda levantar el polvo. A tal fin, se aplicarán las medidas correctoras oportunas, como mantener el material constantemente humedecido, cubrirlo con fundas de lona, plástico o de cualquier otro tipo o se protegerá mediante la colocación de pantallas cortavientos.
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Proeli/es/d/1975/02/06/833#art-51