Art. Artículo octavo

En vigor desde 29 abr 1975
Queda derogado el Decreto dos mil ciento setenta y ocho/mil novecientos setenta y tres, de veintiséis de julio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1975/03/20/698#articulo-octavo

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil