Secc. Constitución orgánica

Art. Artículo decimotercero bis

En vigor desde 15 jul 2006
Corresponderá al Gerente: a) Sustituir al Tesorero en su ausencia. b) Despachar los asuntos de trámite de acuerdo con el Presidente y/o el Tesorero, según proceda. c) Atender en el domicilio de la Academia el despacho normal de los asuntos y la gestión del personal. d) Gestionar las relaciones de carácter laboral de los empleados de las Delegaciones y del personal contratado para los proyectos. Se añade por el art. único.7 del Real Decreto 750/2006, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2006-12686 .

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eli/es/d/1976/02/26/573#articulo-decimotercero-bis

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