Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 1
En vigor desde 28 mar 2010
En desarrollo de lo dispuesto en la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, el presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas adecuadas a las siguientes finalidades:
a) Prevención y extinción de los incendios forestales.
b) Protección de las personas y bienes ante el riesgo de incendio forestal o que hayan sufrido las consecuencias dañosas del mismo.
c) Restauración de la riqueza forestal afectada por el fuego.
d) Sanción de las infracciones a las normas dictadas sobre incendios forestales.
Se deroga por el del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5037 . Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1972/12/23/3769#art-1