Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Artículo cuarenta y siete

En vigor desde 18 oct 1980
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 51/1980, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-1980-22502 .

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eli/es/d/1966/12/23/3158#articulo-cuarenta-y-siete

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