Art. Preambulo

En vigor desde 19 oct 1966
Publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha seis de mayo último el Decreto número mil ciento veinte/mil novecientos sesenta y seis, de veintiuno de abril, por el que se aprobó el texto refundido de Ley de Derechos Pasivos de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado, se hace preciso refundir en un solo texto los preceptos reglamentarios para ejecución de la citada Ley, con lo que se da cumplimiento a lo establecido en la disposición final primera, párrafo dos, de la Ley treinta/mil novecientos sesenta y cinco de cuatro de mayo. En su virtud, de conformidad con el dictamen del Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día doce de agosto de mil novecientos sesenta y seis, DISPONGO:
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eli/es/d/1966/08/13/2427#preambulo-preambulo

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