Libro TEXTO REFUNDIDO DE REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE LA LEY DE DERECHOS PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADOCapítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 19 oct 1966
La tramitación de los expedientes sobre reconoci­miento y declaración de derechos pasivos se acomodará a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.
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eli/es/d/1966/08/13/2427#art-7

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