Art. 4

Artículo 4 La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable hasta el 5 de noviembre de 2031.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

celex:32026D2316#art-4

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil