Art. 10

Presentación de informes y seguimiento

Artículo 10 Presentación de informes y seguimiento 1.   La Comisión supervisará la ejecución del Mecanismo, centrándose en la eficacia, la eficiencia y la pertinencia de los proyectos financiados. 2.   La Comisión informará a los Estados miembros, como parte del informe anual del Fondo de Innovación, sobre los avances realizados en la ejecución del Mecanismo. Dicho informe contendrá un desglose detallado de los fondos desembolsados por el Mecanismo y de los avances realizados en la consecución del objetivo del Mecanismo.
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