Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 18 dic 2025
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   La presente Decisión se aplicará al trabajo del Servicio de Auditoría Interna (SAI) en la Comisión, las agencias ejecutivas y las oficinas europeas. 2.   El SAI proporcionará a la Comisión garantías, asesoramiento, conocimientos y previsiones independientes, objetivos y basados en el riesgo. 3.   El SAI deberá: a) llevar a cabo una evaluación independiente de la eficacia de los procesos de gobierno, gestión de riesgos y control de las operaciones, las actividades y las transacciones financieras («servicios de verificación»); b) proporcionar asesoramiento, conocimientos y previsiones («servicios ajenos a la verificación»).
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eli:dec:2025:2570:oj#art-1

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