Art. 11
Gastos de las reuniones
En vigor desde 19 may 2025
Artículo 11
Gastos de las reuniones
1. Los participantes en las actividades del Comité y de los subcomités no serán remunerados por dichas actividades.
2. La Comisión reembolsará los gastos de desplazamiento y estancia de los participantes en las actividades del Comité y de los subcomités. El reembolso se efectuará de acuerdo con las disposiciones vigentes de la Comisión y dentro del límite de los créditos disponibles que se hayan asignado a sus servicios en el marco del procedimiento anual de asignación de recursos.
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