Art. 42
Información relativa a los actos adoptados
En vigor desde 4 dic 2024
Artículo 42
Información relativa a los actos adoptados
La Comisión tomará nota de los actos adoptados mediante procedimiento escrito, procedimiento de habilitación y procedimiento de delegación, y se dejará constancia de ello en notas diarias. Se incluirá una referencia a estas notas diarias en el acta de la siguiente reunión de la Comisión.
En cada reunión de la Comisión se elaborará una nota recapitulativa. En ella se enumerarán los actos adoptados de manera autónoma por la Comisión mediante procedimiento oral y se hará referencia a las notas diarias de los actos adoptados mediante procedimiento escrito.
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