Art. 14
Confidencialidad de las reuniones de la Comisión
En vigor desde 4 dic 2024
Artículo 14
Confidencialidad de las reuniones de la Comisión
1. Las reuniones de la Comisión no serán públicas.
2. Los debates en las reuniones estarán protegidos por el principio de confidencialidad.
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