Art. 3
En vigor desde 5 nov 2024
Artículo 3
El apéndice 5 del anexo II del Acuerdo, que contiene la lista de productos a los cuales se aplica el subpárrafo (b) de la Declaración de la Unión Europea respecto al artículo 5 en relación con los productos originarios de Colombia, de Ecuador y del Perú, se sustituye por el apéndice 5 que figura en el anexo 3 de la presente Decisión.
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