Art. 13
Revisión
En vigor desde 26 jul 2024
Artículo 13
Revisión
La ejecución de la presente Decisión y su coherencia con las demás contribuciones de la Unión a la región de los Grandes Lagos se revisarán periódicamente. El REUE presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes periódicos de situación y un informe global final sobre la ejecución del mandato, a más tardar el 31 de mayo de 2025.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2024:2098:oj#art-13