Art. 7

Fecha y hora de la notificación

En vigor desde 10 jul 2024
Artículo 7 Fecha y hora de la notificación Los destinatarios de las notificaciones mencionadas en el artículo anterior serán avisados por correo electrónico de todas las notificaciones que se les envíen a través de e-Curia. El escrito procesal se considerará notificado en el momento en que el usuario solicite acceso al mismo. Si no se solicitara acceso al escrito, este se considerará notificado al finalizar el séptimo día siguiente a la fecha de envío del correo electrónico de aviso. Cuando una parte o un interesado mencionado en el artículo 23 del Estatuto estén representados por varias personas, o cuando varias personas estén facultadas para actuar por cuenta una parte del litigio principal o de un órgano jurisdiccional nacional, o cuando el titular de una cuenta de «representante», de una cuenta de «órgano jurisdiccional» o de una cuenta de «persona facultada» haya abierto una cuenta para uno o varios de sus asistentes, para el cálculo de los plazos se tendrá en cuenta el momento en que se haya efectuado la primera solicitud de acceso. La hora que se tomará en consideración será la hora del Gran Ducado de Luxemburgo.
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