Art. 11

Disposiciones financieras

En vigor desde 21 may 2024
Artículo 11 Disposiciones financieras 1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos del programa de formación durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 será de 1 720 432,62 EUR. 2.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir la ejecución del programa de formación para períodos posteriores será decidido por el Consejo. 3.   Los gastos financiados por el importe de referencia mencionado en el apartado 1 se gestionarán de conformidad con las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto general de la Unión. 4.   La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos financiados por el importe de referencia financiera a que se refiere el apartado 1. Para ello, celebrará un convenio de subvención con el Colegio de Europa.
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