Art. 7

Otros tipos de reciclado

En vigor desde 30 nov 2023
Artículo 7 Otros tipos de reciclado A más tardar, el 31 de marzo de 2024, la Comisión propondrá una modificación de la presente Decisión que establezca una metodología para el cálculo, verificación y comunicación de datos sobre el contenido de plástico reciclado en las botellas para bebidas que considere el plástico reciclado resultante de tipos adicionales de reciclado, tal como se definen en el artículo 3, apartado 17, de la Directiva 2008/98/CE.
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