Art. 78
Cómputo de los plazos
En vigor desde 11 sept 2023
Artículo 78
Cómputo de los plazos
A efectos del cómputo de los plazos previstos en las presentes Medidas de aplicación, se aplicarán los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE, Euratom) n.o 1182/71 del Consejo (14).
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