Art. 7

Presentación de informes

En vigor desde 5 may 2023
Artículo 7 Presentación de informes Durante el período de ejecución, el Alto Representante facilitará al Comité Político y de Seguridad (CPS) informes semestrales sobre la ejecución de la medida de asistencia, de conformidad con el artículo 63 de la Decisión (PESC) 2021/509. Ello se completará con actualizaciones mensuales periódicas a la atención del Consejo sobre la ejecución de la medida de asistencia, incluidos los progresos realizados en la consecución de su objetivo, sobre la base de la información facilitada por los Estados miembros relativa a las entregas de disparos de artillería de calibre 155 mm, así como, sí así se solicita, de misiles. El administrador de las medidas de asistencia informará periódicamente al Comité del Fondo creado en virtud de la Decisión (PESC) 2021/509 sobre la ejecución de los ingresos y gastos de conformidad con el artículo 38 de dicha Decisión, lo que incluirá facilitar información sobre los proveedores y subcontratistas que intervengan.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2023:927:oj#art-7

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil