Art. 3
Delegación de decisiones relativas a inspecciones in situ y decisiones relativas a investigaciones de modelos internos
En vigor desde 10 mar 2023
Artículo 3
Delegación de decisiones relativas a inspecciones in situ y decisiones relativas a investigaciones de modelos internos
1. Conforme al artículo 4 de la Decisión (UE) 2017/933 (BCE/2016/40), el Consejo de Gobierno delega en los jefes de unidades de trabajo que designe el Comité Ejecutivo de conformidad con el artículo 5 de dicha decisión la facultad de adoptar las decisiones relativas a:
a)
inspecciones in situ conforme al artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 1024/2013;
b)
investigaciones de modelos internos con arreglo al artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 1024/2013.
2. La delegación de las facultades de decisión con arreglo al apartado 1 se aplicará a:
a)
la adopción por el BCE de decisiones de supervisión;
b)
la adopción por el BCE de instrucciones dirigidas, en consonancia con el artículo 7 del Reglamento (UE) n.o 1024/2013, a las autoridades nacionales competentes con las que el BCE haya establecido una estrecha cooperación.
3. Las decisiones relativas a inspecciones in situ a las que se refiere el apartado 1 se adoptarán mediante decisión delegada si se cumplen uno o varios de los criterios de adopción de decisiones delegadas establecidos en el artículo 4.
4. Las decisiones relativas a investigaciones de modelos internos a las que se refiere el apartado 1 se adoptarán mediante decisión delegada si se cumplen uno o varios de los criterios de adopción de decisiones delegadas establecidos en el artículo 5.
5. Las decisiones relativas a inspecciones in situ y las decisiones relativas a investigaciones de modelos internos no se adoptarán mediante decisión delegada si la complejidad de la evaluación o la sensibilidad del asunto exigen que se adopten por el procedimiento de no oposición o si la evaluación de supervisión de dichas decisiones afecta de forma directa a la evaluación de supervisión de otra decisión que deba adoptarse con arreglo al procedimiento de no oposición.
6. Las decisiones negativas relativas a inspecciones in situ y las decisiones negativas relativas a investigaciones de modelos internos no se adoptarán mediante una decisión delegada.
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