Art. 3 · Delegación de decisiones relativas a inspecciones in situ y decisiones relativas a investigaciones de modelos internos

Art. 3

Delegación de decisiones relativas a inspecciones in situ y decisiones relativas a investigaciones de modelos internos

En vigor desde 10 mar 2023
Artículo 3 Delegación de decisiones relativas a inspecciones in situ y decisiones relativas a investigaciones de modelos internos 1.   Conforme al artículo 4 de la Decisión (UE) 2017/933 (BCE/2016/40), el Consejo de Gobierno delega en los jefes de unidades de trabajo que designe el Comité Ejecutivo de conformidad con el artículo 5 de dicha decisión la facultad de adoptar las decisiones relativas a: a) inspecciones in situ conforme al artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 1024/2013; b) investigaciones de modelos internos con arreglo al artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 1024/2013. 2.   La delegación de las facultades de decisión con arreglo al apartado 1 se aplicará a: a) la adopción por el BCE de decisiones de supervisión; b) la adopción por el BCE de instrucciones dirigidas, en consonancia con el artículo 7 del Reglamento (UE) n.o 1024/2013, a las autoridades nacionales competentes con las que el BCE haya establecido una estrecha cooperación. 3.   Las decisiones relativas a inspecciones in situ a las que se refiere el apartado 1 se adoptarán mediante decisión delegada si se cumplen uno o varios de los criterios de adopción de decisiones delegadas establecidos en el artículo 4. 4.   Las decisiones relativas a investigaciones de modelos internos a las que se refiere el apartado 1 se adoptarán mediante decisión delegada si se cumplen uno o varios de los criterios de adopción de decisiones delegadas establecidos en el artículo 5. 5.   Las decisiones relativas a inspecciones in situ y las decisiones relativas a investigaciones de modelos internos no se adoptarán mediante decisión delegada si la complejidad de la evaluación o la sensibilidad del asunto exigen que se adopten por el procedimiento de no oposición o si la evaluación de supervisión de dichas decisiones afecta de forma directa a la evaluación de supervisión de otra decisión que deba adoptarse con arreglo al procedimiento de no oposición. 6.   Las decisiones negativas relativas a inspecciones in situ y las decisiones negativas relativas a investigaciones de modelos internos no se adoptarán mediante una decisión delegada.
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