Art. 1

En vigor desde 22 feb 2023
Artículo 1 Se acepta la solicitud del Reino de los Países Bajos y de la República Federal de Alemania relativa a la no aplicación del punto 4.2.5.1, «Radiocomunicaciones con el tren», y del punto 4.2.8, «Gestión de claves», del anexo del Reglamento (UE) 2016/919 a ocho ramas de tren FLIRT3 EMU3 Limburg MS (L-435), siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 2.
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