Art. 1
En vigor desde 22 feb 2023
Artículo 1
Se acepta la solicitud del Reino de los Países Bajos y de la República Federal de Alemania relativa a la no aplicación del punto 4.2.5.1, «Radiocomunicaciones con el tren», y del punto 4.2.8, «Gestión de claves», del anexo del Reglamento (UE) 2016/919 a ocho ramas de tren FLIRT3 EMU3 Limburg MS (L-435), siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 2.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2023:417:oj#art-1