Art. 7
Estadísticas
En vigor desde 14 dic 2022
Artículo 7
Estadísticas
1. El repositorio central para la presentación de informes y estadísticas, establecido e implementado por eu-LISA de conformidad con el artículo 39, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/818, y la aplicación de referencia ECRIS generarán estadísticas relativas al registro, almacenamiento e intercambio de información extraída de los registros de antecedentes penales a través del ECRIS-TCN y la aplicación de referencia ECRIS, a que se refiere el artículo 32 del Reglamento (UE) 2019/816.
2. Las estadísticas a que se refiere el apartado 1 incluirán, en particular, las siguientes estadísticas relativas a la actividad:
a)
por lo que respecta a los indicadores de uso del sistema:
i)
número de registros de datos creados relativos a nacionales de terceros países y a personas que tengan doble nacionalidad (de la UE y de un tercer país),
ii)
número de registros de datos modificados relativos a nacionales de terceros países y a personas que tengan doble nacionalidad (de la UE y de un tercer país),
iii)
número de registros de datos suprimidos relativos a nacionales de terceros países y a personas que tengan doble nacionalidad (de la UE y de un tercer país),
iv)
número de visualizaciones por parte de las autoridades centrales de sus propios registros de datos, de conformidad con el artículo 5, apartado 5,
v)
número de consultas relativas a nacionales de terceros países y a personas que tengan doble nacionalidad (de la UE y de un tercer país);
b)
por lo que respecta a los indicadores de datos:
i)
número de registros en la base de datos,
ii)
número de registros que contengan impresiones dactilares,
iii)
número de registros que contengan las indicaciones a que se refiere el artículo 5, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2019/816, por separado para las condenas por un delito de terrorismo o por otro delito de los enumerados en el anexo del Reglamento (UE) 2018/1240,
iv)
información acerca de la presencia de datos alfanuméricos,
v)
información acerca de la exactitud de la fecha de nacimiento,
vi)
número de registros no aceptados para su inclusión,
vii)
número de datos dactiloscópicos no aceptados para su inclusión de conformidad con el artículo 4, apartado 7, de la presente Decisión;
c)
por lo que respecta a los indicadores de eficacia de las coincidencias:
i)
número de registros devueltos al realizar una búsqueda exacta de los Estados miembros de condena,
ii)
número de registros devueltos al realizar una búsqueda inexacta de los Estados miembros de condena,
iii)
número de búsquedas exactas realizadas utilizando datos alfanuméricos o impresiones dactilares, o ambos,
iv)
número de búsquedas inexactas realizadas utilizando datos alfanuméricos o impresiones dactilares, o ambos,
v)
número de respuestas positivas de búsquedas exactas, sobre la base de las solicitudes posteriores presentadas a través del ECRIS,
vi)
número de respuestas positivas de búsqueda inexactas, sobre la base de las solicitudes posteriores presentadas a través del ECRIS;
d)
otros indicadores:
i)
la autoridad competente que realizó la búsqueda,
ii)
finalidad de las búsquedas de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (UE) 2019/816, desglosada por autoridad competente que realizó la búsqueda.
3. Cuando proceda, las estadísticas a que se refiere el apartado 2 se generarán por separado para cada autoridad competente.
4. Las estadísticas a que se refiere el apartado 1 incluirán, en particular, las siguientes estadísticas técnicas, en lo que se refiere a la calidad de los indicadores de servicio:
a)
tasa de éxito/fracaso de las solicitudes;
b)
disponibilidad del sistema;
c)
estadísticas de tiempo de respuesta para cada caso de uso admitido por el sistema.
5. Las estadísticas a que se refieren los apartados 1 a 4 se generarán diariamente.
6. Los Estados miembros que utilicen su aplicación nacional ECRIS, conforme a lo dispuesto en el artículo 4, apartados 4 a 7, del Reglamento (UE) 2019/816, velarán por que la aplicación nacional ECRIS permita la generación de las mismas estadísticas generadas por la aplicación de referencia ECRIS.
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