Art. 11

Controles e inspecciones

En vigor desde 30 sept 2022
Artículo 11 Controles e inspecciones 1.   Las autoridades competentes efectuarán controles administrativos de todas las solicitudes de autorización con el fin de evaluar el cumplimiento de las condiciones previstas en los artículos 7, 8 y 9. En caso de que se demuestre que no se cumplen las condiciones, las autoridades competentes denegarán la solicitud y se comunicarán al solicitante las razones de tal denegación. Las autoridades competentes efectuarán controles administrativos de al menos un 5 % de las explotaciones de prados y pastos sujetas a autorización en lo que se refiere al uso de la tierra, las cabezas de ganado y la producción de estiércol. 2.   Las autoridades competentes establecerán un programa de inspecciones sobre el terreno de las explotaciones de prados y pastos sujetas a autorización sobre la base de un análisis de riesgos y con la frecuencia adecuada. El programa tendrá en cuenta los resultados de los controles de los años anteriores, los resultados de los controles aleatorios generales de la legislación por la que se transpone la Directiva 91/676/CEE y cualquier otra información que pueda indicar un incumplimiento de las condiciones establecidas en los artículos 7, 8 y 9 de la presente Decisión. Las inspecciones sobre el terreno se efectuarán en al menos el 5 % de las explotaciones de prados y pastos sujetas a autorización a fin de evaluar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los artículos 7, 8 y 9. Estas inspecciones se complementarán con las inspecciones y controles previstos en el artículo 4, apartado 6. 3.   En caso de que algún año se determine que una explotación de prados y pastos sujeta a autorización no cumple las condiciones establecidas en los artículos 7, 8 y 9, el titular de la autorización será sancionado de conformidad con la normativa nacional y no podrá optar a una autorización el siguiente año. 4.   Se conferirán a las autoridades competentes las facultades y los recursos necesarios para verificar el cumplimiento de las condiciones de la autorización concedida en virtud de la presente Decisión.
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