Art. 5

Recursos

En vigor desde 12 ene 2022
Artículo 5 Recursos 1.   El mecanismo podrá basarse en los informes elaborados por la capacidad creada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1993, encargada del apoyo al conocimiento y análisis integrados de la situación (ISAA). 2.   La capacidad de apoyo al conocimiento y análisis integrados de la situación permitirá: a) recopilar y difundir información sobre la situación, los análisis llevados a cabo por la Unión y los Estados miembros, las decisiones y medidas que las partes interesadas pertinentes hayan adoptado o deban adoptar y las necesidades de coordinación; b) efectuar el tratamiento de la información a que hace referencia la letra a) y ofrecer una visión general de la situación, y c) presentar un análisis integrado, que incluya la posible evolución y las consecuencias de la situación. 3.   Los servicios de la Comisión y el SEAE desarrollarán el conocimiento y análisis integrados de la situación de acuerdo con sus respectivas funciones y ámbitos de responsabilidad y con los límites impuestos por sus medios y capacidades existentes. El conocimiento y análisis integrados de la situación se basarán también en los análisis facilitados por los Estados miembros y por las instituciones, órganos y organismos de la Unión.
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