Art. 64

Política de consumidores, protección de la salud de los consumidores y comercio

En vigor desde 5 oct 2021
Artículo 64 Política de consumidores, protección de la salud de los consumidores y comercio En el marco de la Asociación, la cooperación en materia de política de consumidores, la protección de la salud de los consumidores y el comercio podrá incluir la preparación de leyes y normativas en materia de política de consumidores y protección de la salud de los consumidores a fin de evitar obstáculos comerciales innecesarios.
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