Art. 9
Expertos invitados
En vigor desde 9 feb 2021
Artículo 9
Expertos invitados
1. El servicio de la Comisión responsable podrá invitar a expertos y representantes de organizaciones pertinentes con conocimientos especializados o perspectivas específicas a participar en los trabajos del GEE o de sus subgrupos sobre una base ad hoc para un intercambio sobre un tema del orden del día.
2. El servicio de la Comisión responsable también podrá recurrir a expertos externos para que participen en los trabajos del GEE sobre una base ad hoc en caso de que se considere necesario abarcar el amplio espectro de las cuestiones éticas relacionadas con los avances de la ciencia y las nuevas tecnologías.
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